Ante las declaraciones de la Gob. Vidal sobre el aborto

Ante las declaraciones radiales de la Gobernadora María Eugenia Vidal, en las que enfatizó su oposición a la despenalización del Aborto, Fundación Huésped rechaza las argumentaciones planteadas por la Gobernadora y reitera el pedido que oportunamente le hiciéramos llegar -junto a otras organizaciones-, para que el Gobierno de la Provincia cumpla con la obligación de anteponer el diseño e implementación de políticas públicas respetuosas de los derechos de las mujeres y niñas por sobre concepciones morales o religiosas personales.

En nuestro país desde 1921 se contempla el derecho al aborto en determinadas situaciones establecidas por la ley. En 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sentó jurisprudencia con el fallo F.A.L. que facilita el cumplimiento de este derecho. A pesar de esto, en muchas provincias -entre ellas la Provincia de Buenos Aires- rigen protocolos que obstaculizan el acceso al aborto y ponen en riesgo la salud de miles de mujeres. En 2016 la Gobernadora suspendió la adhesión de la provincia al Protocolo desarrollado por el Ministerio de Salud de la Nación, y hoy en la entrevista con Ernesto Tenembaum en “Radio Con Vos” volvió a justificar tal decisión en virtud de que “no se había consultado al gremio de médicos de la provincia de Buenos Aires, que son los que lo van a tener que aplicar, y porque no tenía en cuenta la objeción de conciencia que para mí, para un profesional, es importante”. Y sostuvo que sigue vigente la Resolución Ministerial Nº 3146/12 desarrollado durante la gestión de Daniel Scioli. Sin embargo, esta resolución estableció -en relación a la objeción de conciencia- que cada institución sanitaria provincial debía contar con su propio registro de objeción, por lo que quienes quieran ejercer la objeción tienen desde 2012 la posibilidad de expresarla.

Más aún, la objeción de conciencia individual nunca puede denegar el acceso a la salud de la población. Si un médico no creyera en la ventaja del acceso a los antivirales para VIH, no podría por ello negar el acceso a sus pacientes. De igual modo, si un médico no creyera en la efectividad de las vacunas tampoco podría impedir la práctica a sus pacientes que sí quisieran vacunarse.

Pero además, cuando la Gobernadora aduce que la provincia de Buenos Aires “tiene el mismo protocolo que tenía Scioli, exactamente el mismo, que transcribe casi con las mismas palabras lo que dijo el fallo de la Corte” sobre este tema, omite que dicho protocolo provincial contiene aspectos que pueden obstaculizar el acceso a la práctica y por ello es insuficiente frente a los estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación:

  • No contempla un procedimiento en casos de desacuerdos entre el profesional y la mujer respecto de la procedencia del aborto.
  • No estipula sanciones en caso de incumplimiento de los deberes impuestos a los profesionales de la salud ni menciona la conservación de la evidencia forense.
  • Establece que, en los casos de niñas y adolescentes menores de 18 años, el consentimiento lo debe manifestar el representante legal y ellas dar la confirmación. En caso de que la niña o adolescente concurra sin su representante legal o éste se oponga a la práctica, se deberá dar intervención a los Servicios Locales o Zonales de Promoción y Protección de Derechos, que deberá expedirse en un plazo de 48hs
  • No reconoce el consentimiento informado de las mujeres con discapacidad intelectual o psico-social.

Por lo expuesto esperamos que la Gobernadora pueda finalmente entender que las creencias individuales solo representan un aspecto privado de cada persona que de ningún modo puede afectar una política de salud pública.

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